lunes, 13 de abril de 2020


 

El ISFD Severo Chumbita les da la la bienvenida al ciclo 2020

 

 



Inscripción de Alumnos en las Materias ciclo 2020
Sujeto a revisión de Condición de Correlatividad
 


por dudas contactarse por correo electromecánico: isfdhistoriaaimogasta@gmail.com
en el Asunto del e-mail colocar: Apellidos y Nombres 

en el Cuerpo del e-mail incluir: Apellidos, Nombres, DNI (como figura en el DNI) y Listado de Materias  



domingo, 5 de abril de 2020

Inscripción de Alumnos en las Materias ciclo 2020

ISFD Severo Chumbita

Sujeto a revisión de Condición de Correlatividad

Inscripción de Alumnos en las Materias ciclo 2020

por dudas contactarse por correo electromecánico: isfdhistoriaaimogasta@gmail.com
por favor un correo electromecánico por alumno




Inscripción de Alumnos en las Materias ciclo 2020




viernes, 3 de abril de 2020

El Ministerio de Educación de la Provincia de La Rioja y DGES Informa:

 
 
Nota Múltiple DGES Nº 51/2020 La Rioja 26 de marzo 2020
 
Estimadas/os Supervisores y Directoras/es:
De mi mayor consideración:


Ante la emergencia sanitaria que estamos viviendo y las medidas adoptadas por el gobierno nacional y nuestro gobierno provincial, a través del Ministerio de Educación; la Dirección General de Educación Superior comunica quegarantizará la enseñanza en Todas las carreras del Sistema de Formación Superior de la Jurisdicción a través del uso de las herramientas disponibles para el trabajo en entornos Educativos virtuales y Educación a Distancia.
En este sentido se tomaron las siguientes decisiones, en primer lugar:
  1. Comenzar las clases virtuales, el día 13 de abril próximo con la modalidad a distancia y herramientasvirtuales.
  2. Las Mesas de exámenes finales suspendidas a partir del 16 de marzo pasado, serán reprogramadas con fecha a confirmar oportunamente y se comunicarán a los estudiantes de cada Instituto con al menos siete días hábiles deantelación.
  3. La aprobación de las unidades curriculares cuyas mesas de examen fueron suspendidas no será exigencia para el cursado de las respectivas unidades curriculares correlativas. Los estudiantes que cursen en esta condición no podrán aprobar la nueva unidad curricular sin la aprobación de la previa pendiente. Las particularidades de esta medida, vinculadas con los formatos de cada unidad curricular serán comunicadas oportunamente a los directores de cadaInstituto.
En segundo lugar, a fin de poder acompañar y sostener los procesos de enseñanza en cada carrera se están desarrollando las siguientes acciones:
  1. Relevamiento de los nodos virtuales activos y habilitación de nuevos nodos desde la plataforma del Instituto Nacional de Formación DocenteINFoD.
  2. Encuesta online a los estudiantes de todas las carreras para conocer hábitos en el uso de aulas y otras herramientas virtuales; si poseen becas, entre otras.cuestiones.
  3. Encuesta online a los equipos docentes de los Institutos para indagar acerca de los hábitos y capacidades instaladas para el trabajo en entornos virtuales y educación adistancia, como
así también para conocer la cantidad de administradores de red disponibles actualmente en cada IES.
  1. Capacitación y asistencia técnica ofrecida desde Dirección de Sistemas del Ministerio de Educación
  2. Cursos autoasistidos y tutorados para docentes y próximamente también paraestudiantes.
  3. Elaboración de un documento orientador para el acompañamiento en la enseñanza de los contenidos de las unidades curriculares del Campo de la PrácticaProfesional.
Para llevar adelante el trabajo, y atender a los requerimientos emergentes de cada Instituto, la DGES ha dispuesto una organización del equipo técnico por Zonas de Supervisión y estrategias de interacción virtuales. Se implementará un trabajo en RED INTERINSTITUCIONAL para el acompañamiento e implementación en las aulas de cadanodo.
Sin otro motivo, me despido de Uds. muy cordialmente.




Lic. Claudia B. Díaz Directora Gral.deEducaciónSuperior
M.E.C. y T.- LaRiojaLic. Claudia B. Díaz Directora Gral.de EducaciónSuperior
M.E.C. y T.- LaRioja



Nota Múltiple DGES Nº 51/2020 La Rioja 26 de marzo 2020








La Rioja, 30 de marzo de 2020
DISPOSICIÓN DGES N° 2/2020

VISTOla Resolución 2020-108 APN-ME y el DNU 297/2020, y;CONSIDERANDO:
QUEla Resolución 2020-108 APN-ME ordenó la suspensión de clases en todos los niveles del sistema educativo del territorio nacional a partir del 16 de marzo;
QUEel DNU 297/2020 prescribió el aislamiento social, preventivo y obligatorio con elfin de proteger la salud pública;
QUEen virtud de las medidas señaladas algunas mesas de exámenes finales previstas en el calendario académico del nivel de educación superior debieron ser suspendidas;
QUElos Institutos de Educación Superior informaron esta situación a la Dirección General de Educación Superior;
QUEantelaprórrogadelasmedidasadoptadasporelgobiernonacionalno será posible reprogramar en el corto plazo las mesas de exámenes suspendidas en cadaIES;
QUEel inicio de clases virtuales fue reprogramado para el 13 de abril próximo;
QUElos estudiantes deben gestionar sus inscripciones a las diferentes unidades curriculares de sus respectivas carreras;
QUEel régimen de correlatividades organiza y regula las posibilidades de cursado de cada carrera;
///2.-
QUEes necesario considerar la situación de los y las estudiantes que estando en condiciones de rendir examen final no pudieron hacerlo por la suspensión de las mesas finales;
POR ELLO, Y EN USO DE SUS FACULTADESDISPONE:
ARTÍCULO1:QUElasmesasdeexámenesfinalessuspendidasapartirdel 16demarzopasadoseránreprogramadascuandolasautoridadesjurisdiccionales dispongan el regreso a las aulas y se comunicarán a los estudiantes de cada Instituto con al menos siete días hábiles deantelación.
ARTÍCULO2:QUElaaprobacióndelasunidadescurricularescuyasmesas deexamenfueronsuspendidasapartirdel16demarzonoseráexigenciaparael cursadodelasrespectivasunidadescurricularescorrelativas,anualesydelprimer cuatrimestre, teniendo en cuenta las siguientes condiciones para suaprobación:
    1. : son beneficiarios de la presente norma los estudiantes que estando en condiciones, según el régimen académico marco y respectivos regímenes de evaluación, no tuvieron acceso a exámenes finales por la suspensión dispuesta a partir del 16 de marzopasado.
    2. : los estudiantes que cursen unidades de los campos de la formación general y específica con formato asignatura en esta condición no podrán aprobar la nueva unidad curricular sin la aprobación de la previapendiente.
    3. : a los estudiantes que accedan al cursado de asignaturas con formato taller y/o seminario en esta condición no se les exigirá la aprobación de laprevia
///.-3
pendiente para su acreditación.
    1. :lacontinuidaddelcursadodelasunidadesdelcampodelaprácticaal reinicio de las clases presenciales estará supeditada, sin excepción, a la aprobacióndelasmateriascorrelativasquepudieronhaberquedadopendientes por la suspensión de mesas de examen. Si el/la estudiante en esta situación hubierarealizadoyaprobadolasactividadespropuestasporeldocentedurante elperíodoquedureeldesarrollodeclasesvirtualesynoaprobaraenlaprimera mesadeexámenesfinalesqueseprogramenla/smateriaspreviascorrelativas, no podrá seguircursando.
Se le considerará como aprobado el tramo realizado virtualmente para cuando, en el marco del régimen de correlatividades vigente para su carrera, regularice su situación y retome el cursado de la unidad de práctica que corresponda.
ARTÍCULO3:COMUNÍQUESEatodoslossupervisoresdenivelsuperior,a todos los directores de los Institutos de Educación Superior de la jurisdicción y a sus respectivas comunidades educativas, notifíquese yarchívese.
DISPOSICIÓN DGES N° 2/2020




DISPOSICIÓN DGES N° 2/2020