lunes, 22 de junio de 2020

CALENDARIO PRIMER CUATRIMESTRE 2020

CALENDARIO PRIMER CUATRIMESTRE 2020


  • RECESO DE INVIERNO: 06 al 17 de Julio 2020.
  • PERÍODO DE EVALUACIÓN INTEGRADORA UNIDADES CURRICULARES CUATRIMESTRALES: 27 al 31 de Julio 2020.
  • PERÍODO DE RECUPERACIÓN DE EVALUACIÓN INTEGRADORA DE UNIDADES CURRICULARES CUATRIMESTRALES: 03 al 07 de Agosto 2020.
  • MESAS DE EXÁMENES SUSPENDIDAS TURNO FEBRERO/MARZO - Disposición N° 02/2020: 03 al 07 de Agosto 2020
  • COLOQUIOS DE PROMOCIÓN INDIRECTA DE UNIDADES CURRICULARES CUATRIMESTRALES: 10 al 14 de Agosto 2020.
  • INSCRIPCIÓN A MESAS DE EXÁMENES: 10 al 14 de Agosto 2020.
  • FINALIZACIÓN DE CUATRIMESTRE: 14 de Agosto.
  • MESAS DE EXÁMENES FINALES TURNO JULIO: 17 al 28 de Agosto 2020
  • INICIO DEL SEGUNDO  CUATRIMESTRE: 31 de Agosto 2020 – CALENDARIO A PROGRAMAR

Mesas de exámenes suspendidas
Turno Febrero / Marzo – Disposición N° 02/2020: 03 al 07 de Agosto 2020.



La Plataforma INFoD de ISFD Severo Chumbita no consume datos



La Unidad de TIC La Rioja, informa que  Plataforma INFoD de ISFD Severo Chumbita no consume datos, pero si necesita conexión

Se cayó el sistema INFoD

Hoy 22 de Junio hay problemas en el Campus Virtual


 


sábado, 20 de junio de 2020

PROGRESAR - ATENCION ANTES DE REALIZAR LOS RECLAMOS

PROGRESAR - RECLAMOS EN https://progresar.educacion.gob.ar/

Informamos que hasta el 14 de Julio 2020 los / las postulantes tendrán la opción de activar su reclamo a través de la plataforma  de PROGRESAR. 
Si o Si el reclamo se realiza por la PLATAFORMA DE PROGRESAR. 

REGLAMENTO GENERAL DEL "PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINO"- PROGRESAR 2020

REGLAMENTO GENERAL DEL “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES
ARGENTINOS” - “progresar”
Beca destinada al fomento de la educación superior.
Destinatarios/as: Jóvenes argentinos/as nativos/as, por opción o residentes.
Ingresantes: Aquellos/as que no reportan actividad académica superior, con anterioridad a la postulación.
Avanzados/as: Aquellos/as que se postulan para la obtención del beneficio y que iniciaron sus estudios superiores con anterioridad al año en que se postulan, según la información que brinde la institución académica respectiva.
Grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional: Se entiende como grupo en condición de vulnerabilidad multidimensional, a aquellos grupos que históricamente han sufrido exclusiones y/o violencias (simbólicas, materiales o de otro tipo), independientemente de las socioeconómicas. En la presente convocatoria se trata de:
  1. a) Las mujeres con hijos/as de hasta 18 años de edad que se encuentren a cargo de un hogar monoparental,
  2. b) Los y las integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios, quienes quedan exceptuados/as del requisito de la edad en la línea de “fomento de la educación superior”.
  3. c) Las personas trans, quienes quedan exceptuados/as del requisito de la edad.
Requisitos:
  • Ser argentina/o nativa/o;
  • Tener al momento del cierre de la convocatoria a la beca, en el caso de alumnos/as ingresantes, entre dieciocho (18) y veinticuatro (24) años de edad cumplidos y para el caso de alumnos/as avanzados/as en la carrera, hasta treinta (30) años cumplidos. Para el caso de grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional, tanto ingresantes como avanzados, la edad se extiende hasta treinta y cinco (35) años y particularmente para las personas trans e integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios no se establece límite de edad.
  • La suma de los ingresos del o de la joven y los de su grupo familiar no debe ser superior a tres (3) salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM);
  • Ser egresada/o del nivel medio y no adeudar materias al momento de la inscripción;
  • Ingresar o cursar o encontrarse cursando una carrera de grado o pregrado en instituciones públicas tales como Universidades Nacionales, Provinciales, Institutos Universitarios Nacionales. Están excluidos los ciclos de Complementación Curricular ya sean Ciclos de Tecnicaturas, Licenciaturas o Profesorados;
  • Cursar o ingresar a cursar sus estudios en Institutos de formación técnica y de formación docente públicos, dependientes del Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) y del Instituto Nacional de Formación Docente (INFD) respectivamente;
  • Solicitar la beca dentro de los plazos fijados por la convocatoria respectiva.
  • Cumplir con las condiciones académicas que, por normativa complementaria esta cartera ministerial establezca.
Discapacidad. Quedan exceptuados/as del requisito de la edad los y las postulantes que presenten algún tipo de discapacidad, debidamente comprobada mediante la presentación del certificado oficial correspondiente, el que deberá ser adjuntado al momento de la inscripción.
Modalidades y montos:
CARRERAS UNIVERSITARIAS: El monto establecido es de pesos dos mil doscientos cincuenta ($2.250) para estudiantes de primer (1°) y segundo (2°) año; pesos dos mil setecientos ($2.700) para estudiantes de tercer (3°) y cuarto (4°) año y pesos tres mil doscientos cincuenta ($3.250) para estudiantes de quinto (5°) año.
CARRERAS UNIVERSITARIAS ESTRATÉGICAS: El monto establecido es de pesos dos mil quinientos cincuenta ($2.550) para estudiantes de primer (1°) año; pesos tres mil cien ($3.100) para estudiantes de segundo (2°) año; pesos cuatro mil cien ($4.100) para estudiantes de tercer (3°) año; pesos cinco mil trescientos cincuenta ($5.350) para estudiantes de cuarto (4°) año y pesos seis mil novecientos ($6.900) para estudiantes de quinto (5°) año.
CARRERAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR NO UNIVERSITARIAS: El monto establecido es de pesos dos mil doscientos cincuenta ($2.250) para estudiantes de primer (1°) y segundo (2°) año y pesos dos mil setecientos ($2.700) para estudiantes de tercer (3°) y cuarto (4°) año.
CARRERAS ESTRATÉGICAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR NO UNIVERSITARIAS: El monto establecido es de pesos dos mil quinientos cincuenta ($2.550) para estudiantes de primer (1°) año; pesos dos mil ochocientos ($2.800) para estudiantes de segundo (2°) año y pesos tres mil seiscientos cincuenta ($3.650) para estudiantes de tercer (3°) año.
Inscripción: El período de inscripción se determinará en cada convocatoria. Los y las aspirantes podrán y deberán inscribirse exclusivamente durante el transcurso del plazo estipulado a tal fin, no pudiendo realizarlo en más de una línea de beca dependiente de la Dirección Nacional de Becas de Educativas.
Criterios de selección: La evaluación de los requisitos exigidos estará conformada por dos (2) etapas, la evaluación socioeconómica y la evaluación académica.
Evaluación socioeconómica: Se realizará a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en función de los ingresos del o de la postulante y los de su grupo familiar que se registren en las bases de datos de dicho organismo, al momento de la inscripción. Entiéndase por ingresos a la suma de las remuneraciones brutas de los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia registrados/as, con exclusión de las horas extras, la asignación familiar por maternidad o maternidad Down, el plus por zona desfavorable y el sueldo anual complementario; las rentas de referencia de los trabajadores y las trabajadoras autónomos/as y monotributistas; los haberes de jubilación y pensión, al monto de la prestación por desempleo y las sumas brutas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas de cualquier índole.
Evaluación académica: Se realizará de acuerdo a la información brindada por las instituciones educativas correspondientes. El año de ingreso se determinará por la fecha del primer (1°) examen final rendido. La evaluación académica se realizará conforme a:
1) El año de ingreso definido por el presente apartado y en virtud de información brindada por cada institución educativa;
2) La duración de la carrera según plan de estudios y en virtud de información brindada por cada institución educativa;
3) La cantidad de materias según plan de estudios y en virtud de la información brindada por cada institución educativa.
Carreras estratégicas: Al momento de llevar a cabo la evaluación de cada alumno/a aspirante a la beca de “progresar” Línea “Fomento de la educación superior” en pos de definir si corresponde su adjudicación o no, se dará prioridad a aquellos/as alumnos/as pertenecientes a las carreras estratégicas debidamente estipuladas por este MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Plazos de las becas: Las becas serán anuales, debiendo inscribirse o en su caso reinscribirse, durante la convocatoria que se establezca oportunamente para cada año calendario.
Gestión de pagos: El pago de la beca estará a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) por cuenta y orden del Ministerio de Educación y se realizará en hasta diez (10) cuotas mensuales, desde el momento de la adjudicación de la beca.
Proporcionalidad: Para el caso de los y las becarios/as ingresantes la proporción del pago será de ochenta por ciento (80 %) del total de la beca desde la primera cuota, y el veinte por ciento (20 %) retenido será abonado una vez realizada la certificación académica de avance en la carrera por parte de la institución. Para el caso de los y las becarios/as avanzados hayan o no sido becarios/as con anterioridad, se les abonará el cien por ciento (100 %) del monto de la misma desde la primera cuota siempre que se acredite haber aprobado más del cincuenta por ciento (50 %) de las materias según plan de estudios y año de cursada.
Incompatibilidad. Las becas de “progresar” constituyen un beneficio de carácter personal e intransferible del becario o de la becaria y resultan incompatibles con otros beneficios de carácter similar.
Exclusiones. Queda excluido/a de la posibilidad de obtención de una beca “progresar” el o la postulante que se encontrare incurso/a en alguna de las siguientes situaciones:
  1. a) Hubiera finalizado una carrera de grado, profesorado o tecnicatura;
  2. b) Se encontrara suspendido/a o se hubiera declarado el cese de una beca del PROGRAMA por causal que le fuera imputable;
  3. c) Recibiera u obtuviera otra beca de estudios por parte del Estado, Institución u Organización Pública o Privada, con o sin fines de lucro, entendiéndose por tales a cualquier sistema de transferencias dinerarias directas;
  4. d) Se encontrara el aspirante a obtener la beca o cualquier miembro de su grupo familiar inscripto en el Régimen de Impuesto a las Ganancias;
  5. e) Estuviera excedido dos (2) años o más en el tiempo de duración de la carrera, según el correspondiente plan de estudios;
  6. f) Le restara para la finalización de la carrera cursar dos (2) o menos materias al momento de la primera (1°) inscripción al PROGRAMA y, menos de dos (2) materias para el caso de los y las becarios/as que hubieran sido becarios/as con anterioridad;
  7. g) Si adeudara sólo exámenes finales y/o la realización de tesis o prácticas profesionales;
  8. h) Si habiendo obtenido la beca durante el año anterior al de la convocatoria en curso, hubiese cambiado de carrera, deberá esperar por lo menos un año calendario para solicitar nuevamente una beca de “progresar”, y siempre que continúe cumpliendo los requisitos establecidos en la normativa aplicable vigente;
  9. i) No cumpliera con las demás condiciones establecidas en el reglamento.
Cese de la Beca. La beca oportunamente otorgada cesa en los siguientes casos:
  1. a) Por el vencimiento de la beca otorgada;
  2. b) Por muerte del becario o de la becaria;
  3. c) Por renuncia del becario o de la becaria;
  4. d) Por modificación de alguna de las causas que justificaron su otorgamiento;
  5. e) Por conclusión del curso o taller para el que se postuló inicialmente;
  6. f) Por abandono de los estudios;
  7. g) Por pérdida de la condición de alumno regular;
  8. h) Si habiendo sido adjudicado/a con la beca durante el año de la convocatoria, no hubiera concurrido a su cobro por un período de dos (2) meses consecutivos;
  9. i) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente reglamento;
  10. j) Por falsear u omitir información en los procesos de selección o una vez otorgada la beca.
El sujeto que incurra en las causales identificadas como F, G e I no podrá volverse a inscribirse en “progresar” durante el plazo de un año calendario. Para el caso que incurra en la causal “j”, esta se considera grave, y no podrá volver a inscribirse en “progresar”.
Pérdida de la condición de becario/a. Cuando la pérdida de la condición de becario/a se produjera antes del vencimiento del plazo por el cual fue otorgada la beca, la misma se suspenderá desde que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN tome conocimiento.

jueves, 18 de junio de 2020

II Jornadas Nacionales de Formación Docente



II Jornadas Nacionales de Formación Docente: "El oficio de educar: historia y presente de la profesión a 150 años de la creación de la Escuela Normal del Paraná"


El 18 y 19 de junio se realizarán las II Jornadas Nacionales de Formación Docente: "El oficio de educar: historia y presente de la profesión a 150 años de la creación de la Escuela Normal del Paraná".
La transmisión en vivo comenzará a las 16 horas, a través del canal de YouTube del Ministerio de Educación de la Nación: https://www.youtube.com/user/educacionar
En esta oportunidad, destacados especialistas nacionales e internacionales conversarán sobre las tradiciones del magisterio argentino y latinoamericano y los desafíos de la enseñanza en la actualidad. 
En las distintas mesas dialogarán: Adriana Puiggrós, Boaventura de Sousa Santos, Lidia Rodríguez, Alfonso Torres, Ana Laura Gallardo, Carla Ulloa, Pablo Pineau, Myriam Southwell, Sebastián Román, Miguel Duhalde, María del Rosario Badano, Mariano Molina Johana Caldaro; coordinarán las actividades  Nicolás Arata, Myriam Feldfeber y Adrián Canelotto.
El día jueves la apertura de la actividad estará a cargo del ministro de Educación, Nicolás Trotta; la directora ejecutiva del INFoD, Mercedes Leal; el rector de la Universidad de Autónoma de Entre Ríos, Aníbal Satler; el presidente del Consejo General de Educación de Entre Ríos, Martín Müller; y la secretaria general de CTERA, Sonia Alesso. Participan en la apertura institucional del día viernes la Decana de la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales de la UADER, María Gracia Benedetti y la Directora de Educación Superior de Entre Ríos, Verónica Schmidt.  
Esta propuesta es organizada por el Instituto Nacional de Formación Docente como acompañamiento a la política educativa en el contexto de emergencia por la pandemia de COVID-19. Está destinada a maestros y profesores de todos los niveles del sistema educativo y a estudiantes de Institutos Superiores de Formación Docente. El INFoD otorgará una constancia de asistencia a quienes se inscriban a través del siguiente link: https://forms.gle/mzKGDoZ6CQCdp1Wx6
Además, participan en la organización la Universidad Autónoma de Entre Ríos, el Consejo General de Educación de Entre Ríos, la Dirección de Educación Superior de Entre Ríos, la cátedra de Historia de la Educación de la Facultad de Filosofía y Letras UBA, y la Universidad Pedagógica Nacional (UNIPE).
Las primeras jornadas, realizadas en mayo, permanecen disponibles en el canal de YouTube del Ministerio de Educación. Allí se puede acceder a las conversaciones de Elsie Rockwell, Marcelo Caruso, Inés Dussel, Flavia Terigi, Paula Fainsod, Mariana Melgarejo, Graciela Morgade y José Luis Gómez.

Agradecemos su difusión.

Un cordial saludo
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Instituto Nacional de Formación Docente
Ministerio de Educación de la Nación Argentina

martes, 9 de junio de 2020

Notificación enviada a estudiantes



Notificación enviada a estudiantes

La Dirección del I.S.F.D. de Historia “Severo Chumbita” informa por medio de la presente que todo aquel estudiante que "NO ESTÉ RESPETANDO EL RÉGIMEN DE CORRELATIVIDADES" vigente y se encuentre cursando Espacios Curriculares que no correspondan "SERÁ DADO DE BAJA" de los mismos. En caso de que el estudiante continúe con el cursado, ignorando la presente notificación, la/las notas que obtenga en la/las materias "SERÁN ANULADAS".
ES OBLIGACIÓN DEL ESTUDIANTE CONOCER EL RÉGIMEN DE CORRELATIVIDADES Y DEBE ACTUAR EN CONSECUENCIA, ES DECIR, NO CURSANDO O PRESENTÁNDOSE A RENDIR SI NO TIENE LAS UNIDADES CORRELATIVAS APROBADAS.
La presente notificación se encuentra avalada por la Disposición N°2/2020 emanada de la Dirección General de Educación Superior, con fecha 30 de Marzo de 2020. La misma se encuentra publicada en la Plataforma, Blog y página de Facebook del I.S.F.D.
Quedan debidamente notificados 
Atte. La Dirección